De acuerdo con el art. 5.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007 , de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la sede electrónica tendrá accesible su instrumento de creación, directamente o mediante enlace a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado ».
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